Comité de apelaciones

Es el órgano que servirá de segunda instancia para las sanciones previstas en el Estatuto en el capítulo de régimen disciplinario. Así como en la imposición de todo tipo de sanciones a los asociados y directivos de Foncentral. Está integrado por Asociados hábiles y cuya función hace referencia a verificar la legalidad de los procesos disciplinarios y la correlativa proporcionalidad en la medida disciplinaria impuesta. Así como a la defensa de los derechos y obligaciones de los asociados del Fondo de Empleados.